FUERZA PÚBLICA

Uno de los puntos del programa del Pacto Histórico es la reforma de la Fuerza Pública y la Policía Nacional para reafirmar su carácter civil y adscribirla al Ministerio de Justicia y Seguridad ciudadana. En estas materias los Estados Unidos nos dan ejemplo, pues el Presidente Joe Biden reunió a líderes policiales, activistas de derechos civiles y familias de personas que habían sido asesinadas por la policía. A pesar de que se trata de expedir una orden ejecutiva “Sin embargo, muchos defensores de los derechos civiles lo consideran un importante paso adelante, y tal vez incluso un componente básico hacia una legislación más expansiva que hasta ahora ha sido esquiva”. (29/05/22 AP). En Estados Unidos “el Partido Demócrata generalmente representa los ideales liberales”. El documento concertado, “para equilibrar el tono, se agregó más lenguaje sobre “tasas crecientes de delitos violentos” y cómo “reforzar la asociación entre las fuerzas del orden público y las comunidades es imperativo para combatir el crimen y lograr una seguridad pública duradera”.

Como puede verse, las reformas a la policía después de la muerte de George Floyd asesinado en 2020 fueron objeto de discusión y concertación para darle más apoyo público a las actuaciones de las fuerzas del orden que deben velar por la seguridad de todos. Recordemos que la familia de Floyd recibió 27 millones de dólares de indemnización por su muerte pagados por el ayuntamiento de Mineápolis. En Colombia la derecha pretende acusar los ajustes como un ataque a la institucionalidad y a los custodios de la seguridad nacional, como si ellos no fueran representantes del pueblo a través de todos y cada uno de los instrumentos disponibles para garantizar la vida en comunidad.

Si la Constitución proclama en el artículo 2º que las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas  residentes en Colombia en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades”, y además el artículo 22 consagra la paz como un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento, no se ve la razón suficiente para rechazar que un nuevo gobierno haga modificaciones para cumplir adecuadamente las normas de protección y convivencia ciudadanas. La jurisprudencia ha expresado que el énfasis principal de la labor protectora de las autoridades ha sido la de proveer de manera efectiva las condiciones mínimas de seguridad que posibilitan la existencia de los individuos en sociedad, sin estar expuestos a riesgos extraordinarios de recibir daños en su persona. Así mismo, el Estado colombiano ha asumido una serie de obligaciones internacionales frente a la protección del derecho a la seguridad personal. Al respecto, la jurisprudencia de esta Corporación ha considerado que tal derecho se incorpora a nuestro ordenamiento en virtud de los artículos 93 y 94 de la Constitución.

Es importante, entonces, tener en cuenta que las fuerzas del orden en su conjunto están para proteger y no para agraviar o afrentar a las personas, porque el ejercicio de tales poderes tiene unos límites salvaguardados por el respeto a la integridad, el deber de cuidado y la diligencia en garantizar los derechos fundamentales. Las reglas jurídicas no pueden avanzar más allá de lo que permite el núcleo esencial de tales derechos. Los cambios son posibles, precisamente si hay un cambio en la ideología del gobierno, que segun el pacto Histórico permitirá instaurar una política de seguridad ciudadana inspirada en la construcción de la paz. En junio escogeremos entre el poder del Estado para amenazar o el mismo poder para construir sociedad.

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