VIRGILIO BARCO SÍ PUDO

La derecha no quiere que el pueblo sea el que decida su suerte. Ellos que han detentado el poder desde los primeros días de la República mantienen el control de las instituciones a base del dinero y la violencia. Cada cambio que amenace “sus instituciones” es visto como un disparate o como un atentado contra su democracia, la de ellos, que es una democracia plutocrática, donde los más ricos toman las decisiones por el pueblo y el pueblo tiene que obedecer. Si Virgilio Barco como Presidente hubiera convocado al Congreso de su tiempo para reformar la Constitución de 1886, no habría podido, por eso invocó el Estado de sitio y con ese mecanismo pudo iniciar la gran reforma que vivimos, dejando atrás la fuerza de las armas y dando los primeros pasos para una democracia popular.

Por Decreto 927 de 3 de mayo de 1990, en uso de las facultades del artículo 121, el Presidente de la República permitió la contabilización de los votos que se depositaran en las urnas para convocar una Asamblea Nacional Constituyente. Como la derecha está afirmando que la violencia se ha recrudecido, es igual la situación de hoy a la de ayer, que permitió el uso de facultades excepcionales, y que hoy llamamos estado de conmoción interior. Luego, la Corte Suprema mediante Sentencia No 54 de mayo 25 de 1990 declaró la constitucionalidad de dicho decreto. En este caso se invocaron los antecedentes de 1957 y de 1977 sobre la tesis de que solamente el Constituyente primario puede crear un cuerpo como la Asamblea Nacional Constituyente que reforme de manera integral la Constitución Política. El tema fue reiterado por la actual Corte Constitucional que advirtió que “el único titular del poder constituyente ilimitado es el pueblo soberano en virtud del artículo 3º de la carta.” Además, porque “el Congreso es un órgano constituido y limitado por la propia constitución”.

El Presidente, entonces, debería iniciar la conformación de la Comisión preparatoria de los temas que deben ser tratados por la Asamblea Nacional Constituyente, darle un plazo de tres (3) meses e iniciar el proceso ante el Congreso y ante el pueblo para que nos preparemos a votar en marzo del año 2025, con lo cual hacia octubre ya tendremos las modificaciones que el pais necesita para continuar el camino que el pueblo trace. De lo contrario, nunca se modificaría la Carta, pues con un Congreso en contra lo primero que deberíamos hacer es sustituir el Congreso por otro órgano colegiado y dejar de depender de los intereses capitalistas para adoptar una democracia popular cerrada asì como los ricos cerraron la democracia durante más de 200 años.

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