GOBIERNO PROGRAMÀTICO

Colombia dejó de ser un pais tercermundista desde cuando entró en la visión de su progreso institucional mediante la conceptualización, la adopción y el cumplimiento de sus planes de desarrollo. Por tanto, hoy las administraciones de todos los niveles no deben distraerse con las críticas de la oposición, salvo que estas sean constructivas. Hay que trabajar cada día como si fuera el último del gobierno. Todos los colombianos que votaron por el Presidente Petro entendieron las propuestas del programa y lo que le piden es que no ponga tanta atención en la oposición extraviada y confusa de los partidos tradicionales y dedique cada minuto de su mandato a cumplirle al pueblo las promesas. No importa el costo que tenga que pagar.

Ya sabemos que una cosa es lo que se dice en los medios de la oposición, que son propiedad de los ricos de Colombia, y otra muy diferente lo que ocurre en la realidad. Los medios inventan historias y publican noticias truculentas que en nada pueden afectar el compromiso del gobernante con el pueblo. Mirar hacia las zonas más desfavorecidas es el objetivo esencial. Si algunos territorios que han recibido dinero a granel de otros gobiernos levantan su voz de protesta hay que contestarles con los textos constitucionales que dicen: “las competencias atribuidas a los distintos niveles territoriales serán ejercidas conforme a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad en los términos que establezca la ley.” (Art. 288 C.N.)

La ley 60 de 1993 señala en el artículo 5º cuáles son las competencias de la Nación y allí se establece: “Distribuir el situado fiscal; reglamentar la delegación y delegar en las entidades territoriales la ejecución de las campañas y programas nacionales o convenir la asunción de las mismas por parte de las entidades territoriales, cuando fuere el caso, con la asignación de los recursos respectivos para su financiación o cofinanciación; establecer los programas de cofinanciación en forma acorde a las políticas y a las prioridades nacionales”. Es decir, el gobierno ya estableció sus puntos clave en el presupuesto y en el plan de inversiones y a ello debe atenerse todo servidor público que esté nombrado y posesionado a nombre de la Nación.

No olvidemos que Colombia es un Estado social de derecho, y que la Corte ha precisado qué es el gasto público social al afirmar: “El gasto público social se define como aquel cuyo objetivo es la solución de las necesidades básicas insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental, agua potable, vivienda, y las tendientes al bienestar general y al mejoramiento de la calidad de vida de la población, programados tanto en funcionamiento como en inversión, y dado que la educación ha sido señalada como objetivo fundamental del estado social de derecho, siendo ésta una de las áreas prioritarias de inversión social, la misma Constitución determinó que no hay rentas de destinación específica exceptuando las destinadas para inversión social, en la que se encuentran los recursos de educación”. En principio, entonces, como ha afirmado este gobierno, está primero la vida que las carreteras y las inversiones en obras públicas, que pueden ser aplazadas para que las ejecuten futuras administraciones.

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