CAMINOS DE PAZ TOTAL

Un Presidente que inicia con 69% de popularidad puede y debe unir al pais. No hay que desaprovechar ese apoyo ciudadano para enfrentar los más grandes retos advertidos en el programa de gobierno del Pacto Histórico, que es una convergencia de fuerzas de todos los sectores, con el objetivo de lograr el mayor cambio posible en estos cuatro años. Hay que oír las voces de todos, incluso de los opositores, pero cuando las ideas se orienten a conseguir las metas por las cuales el pueblo votó este 2022. Anotemos que el primer gran propósito es el de la paz, que no será fácil, pero que nos dará las más grandes utilidades en términos de crecimiento y solidaridad.

Nadie duda de que habrá renuencia de algunos sectores de la sociedad, líderes de la guerra y de los negocios de la muerte, que se opondrán a una paz como la planteada por el Pacto Histórico y el actual gobierno. Pero también hay que tener en cuenta que ya hubo un proceso de paz con las Farc-Ep y que al ELN, por ejemplo, no se le puede dar ni más ni menos de lo que se le entregó al grupo ya desarmado. Para los acuerdos pueden tomarse como ejemplo el texto de las normas transitorias relacionadas con la jurisdicción especial para la paz,  teniendo en cuenta que “ la misma conocerá de forma exclusiva de las conductas cometidas con anterioridad al 1º de diciembre de 2016, por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado”. Es decir las nuevas normas deben ser ideadas, aplicadas y diseñadas para quienes no se acogieron a tales disposiciones o para grupos que estando armados generan zozobra en la población, porque actúan como bandas convocadas bajo los mismos objetivos. Las normas penales desarrollan bien el principio de oportunidad. El mismo solamente puede aplicarse como desarrollo de la política criminal del Estado. Mediante dicho principio puede suspenderse, interrumpirse o renunciar a la persecución penal en los casos establecidos por el CPP.

No puede dejarse de lado en la búsqueda de la paz, que las víctimas son el centro de toda actuación jurídica. La Corte ha explicado (T-374/20) que frente a ellas “Se derivan tres mandatos para hacer efectivos los derechos de las víctimas en el proceso penal: 1) su participación no se limita a alguna actuación específica, sino que están facultadas para intervenir autónomamente durante toda la actuación; 2) el sistema de investigación y juzgamiento, al tiempo que se encuentra regido por los principios de igualdad entre las partes y contradicción, concede una especial protección a las víctimas y, por lo mismo, 3) promueve el restablecimiento de sus derechos y la reparación integral por los daños ocurridos.” No vacilemos, entonces, en apoyar a quienes se encarguen de consolidar este proceso único que se presenta al ciudadano de hoy, sobre la base de que se respeten la Constitución y la Ley y el marco de derechos de los afectados por los delitos.

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