CONSTITUCION NORMA DE NORMAS

El título de este  documento lo tomé del artículo 4º de la Carta Política Colombiana. Con ese mandato la Asamblea Nacional Constituyente envió un mensaje simbólico de poder superior que aparece contenido en el texto fundamental que guía la vida de los colombianos, pues en el artículo 95 también se ordena:  “toda persona está obligada a cumplir la Constitución y las leyes”. No hacerlo acarrea las responsabilidades civiles, penales, disciplinarias y administrativas, que otras disposiciones desarrollan. Se atribuye a Aristóteles una de las primeras definiciones de Constitución, cuando afirma en su libro La política que “La Constitución es la ordenación de los poderes gubernativos de una comunidad política soberana, de cómo están distribuidas las funciones de tales poderes, de cuál es el sector social dominante en la comunidad política y de cuál es el fin asignado a la comunidad política por ese sector social dominante” . Las Constituciones han evolucionado y perfeccionado su estructura y complejidad y, también, se han adaptado al lenguaje jurídico moderno.

La Constitución de 1991 es una regulación ecológica, pues mientras por una parte se reconoce el medio ambiente sano como un derecho del cual son titulares todas las personas -quienes a su vez están legitimadas para participar en las decisiones que puedan afectarlo y deben colaborar en su conservación-, por la otra se le imponen al Estado los deberes correlativos de: 1) proteger su diversidad e integridad, 2) salvaguardar las riquezas naturales de la Nación, 3) conservar las áreas de especial importancia ecológica, 4) fomentar la educación ambiental, 5) planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales para así garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución, 6) prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, 7) imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados al ambiente y 8) cooperar con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados en las zonas de frontera.

Además, declara que “la propiedad es una función social que implica obligaciones” y, también establece que el Estado “protegerá y promoverá formas asociativas y solidarias de propiedad”. Frente a la propiedad la ley puede señalar motivos de utilidad pública o de interés social definidos por ley, para que pueda haber expropiación mediante sentencia judicial e indemnización previa. (Art. 58). La finalidad es que los procesos económicos conjuguen el interés de cada persona a ser propietaria con las necesidades de la comunidad, que prevalecen sobre el afán de enriquecimiento particular. Con base en esta norma no puede concluirse que Colombia es una república comunista, sino una organización democrática donde el bienestar social está por encima de los poderes y deseos individuales o egoístas.

Más adelante en el artículo 333 la Carta fija criterios semejantes al afirmar que “la empresa, como base del desarrollo, tiene una función social que implica obligaciones”. Y enfatiza que la ley puede delimitar el alcance de la libertad económica; también evitar o controlar abusos que personas o empresas hagan de su posición dominante en el mercado nacional. Estas disposiciones están basadas fundamentalmente en el principio de solidaridad y en los deberes y obligaciones detallados en el artículo 95 Superior. Colombia no es capitalista per se,  ni comunista ni socialista, es un Estado social de derecho, que se proyecta en la Constitución, mediante la consagración del principio de igualdad y su consecuencia obligada  como son los derechos sociales y económicos y en la prestación de los servicios públicos. Por otra parte el texto incluye los derechos de participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación, que se compendian en el principio democrático, gracias al cual se socializa el Estado y las diferentes instancias de poder dentro de la comunidad. Nuestra Constitución con sus fallas estructurales y visiones etéreas, si se aplica con juicio y racionalidad, permitirá la consolidación de la paz de todos los sectores afincados en el territorio.

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