ESTADO SOCIAL DE DERECHO NO ES NEOCOMUNISMO

Estamos ante una situación especial en la vida política y jurídica de Colombia. Vemos cómo algunos de los Estados más ajustados a ciertas normas de comportamiento, por efecto de los nuevos movimientos sociales y de interpretación de las Cortes Constitucionales, modifican sus estructuras normativas y adoptan modelos de administración diferentes a los que imperaron durante centurias o décadas. Las nuevos vientos de la democracia participativa, están rompiendo los moldes a que nos acostumbraron textos fundamentales como la Constitución de 1886, donde la primacía la tenía el Estado, su estructura y el gobierno de turno. En 1991 dimos un cambio sustantivo y pasamos al Estado social de derecho que genera conceptos novedosos desde todos los puntos de vista, especialmente los relacionados con los derechos fundamentales de los seres humanos.

Es así como la Corte Constitucional al delinear el Estado social de derecho manifestó: “La fórmula política del Estado Social de Derecho surge en la postguerra europea como una forma de organización estatal que pretende corregir las limitaciones de la concepción clásica del Estado de Derecho, expresión política de una sociedad compuesta por individuos concebidos abstractamente como libres e iguales.  La teoría del Estado del siglo XIX y principios del XX partía de la idea del ciudadano como persona adulta, letrada, propietaria, generalmente masculina, y libre frente al poder público. Desde esta perspectiva, la sociedad era autónoma para el aseguramiento de su reproducción material y cultural, por lo que el Estado estaba prioritariamente destinado a proteger a las personas frente a peligros internos y externos por medio de la policía, el ejército y la justicia. No obstante, la recesión económica de la primera posguerra y la expansión de las ideas socialistas, acompañadas de reacciones de corte igualitario dentro de las doctrinas liberales y conservadoras, así como la creciente industrialización y tecnificación de las sociedades, vinieron a dejar en claro hasta qué punto el ser humano no es realmente libre e igual debido a limitaciones naturales y sociales, dentro de las cuales sobresalen las económicas. Es por ello por lo que se acepta que, en muchos casos, la libertad y la igualdad requieren para su realización de medidas, acciones, prestaciones, servicios, que la persona, por sí misma, no puede asegurar. El Estado de derecho evolucionó así, de un estado liberal democrático a uno social, también democrático, animado por el propósito de que los presupuestos materiales de la libertad y la igualdad para todos estén efectivamente asegurados”. Ver además C-288 de 2012.

El miedo que nos quieren meter sectores reaccionarios al hablar de teorías neocomunistas o chavistas o nicas que se podrían implantar en Colombia, obedece al desconocimiento de las teorías jurídicas modernas incorporadas al texto constitucional de 1991, que no solamente están en la Carta Fundamental, sino en acuerdos, convenios y tratados internacionales, muchos de los cuales ha firmado Colombia, y que por efecto del artículo 93 de la Constitución vigente “prevalecen en el orden interno”. Los términos políticos usados por la derecha colombiana son retrógrados y con esos aparentes gestos democráticos quieren regresar la historia de la sociología y de la justicia social a los años 60’s, cuando los gobiernos se imponían a las protestas ciudadanas mediante las armas y no por la discusión de las ideas y la controversia abierta y pacífica. El neocolonialismo que defiende la derecha está siendo derrotado desde hace lustros por voces autóctonas que anhelan construir su propio destino e identidad, y desarrollar economías más equitativas, austeras y respetuosas de la dignidad humana.  Eso es Estado social de derecho y no neocomunismo. Respetemos nuestra Constitución, haciendo los ajustes en beneficio de todos que reclaman los nuevos tiempos, si verdaderamente somos un Estado democrático.

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