EL VOTO SIN FRAUDE

La democracia debe sostenerse sobre bases de transparencia y ética pública. Cuando los gobiernos, por fuera de los programas ofrecidos a los electores que han sido debatidos públicamente, usan los dineros públicos para modificar el comportamiento ciudadano en las urnas, violan principios elementales de moralidad, decencia y lealtad, tanto con quienes los apoyan como con los que no lo hacen. La integridad y la honorabilidad son valores humanos, que no pasan de moda y que son apreciados aún en las peores circunstancias, como en la guerra o el derecho a morir dignamente. La Corte Constitucional incluso se ha pronunciado sobre el derecho al buen nombre como “una valoración individual y colectiva que tiene su origen en todos los actos y hechos que una persona realice, para que, a través de ellos, la comunidad construya un juicio de valor sobre su comportamiento, que implica además la “buena imagen” que genera ante la sociedad. En consecuencia, para alcanzar su protección, es indispensable el mérito, la conducta irreprochable del individuo o el reconocimiento social hacia el comportamiento del mismo.”

El ciudadano no entiende cómo a los políticos poco les importa lo que otros piensan de ellos y menos sus electores, incluso cuando expresan “el doctor roba pero hace obras”, lo que implica una contradicción axiológica, que debe ser rechazada por la sociedad. Pues las obras deben ejecutarse y los servicios prestarse sin contraprestación alguna por parte de quienes se benefician. De allí que el programa sea la base de la obra de gobierno y todo lo que se hace por fuera de él que no haya sido debatido frente a la sociedad y los adversarios en la contienda respectiva, deja un tufillo de desviación por intereses particulares, que debería conocer e investigar la justicia y los organismos de control.

El voto ciudadano no puede estar ligado a un apoyo económico de grupos poderosos interesados en la contratación pública, ni en actividades ilícitas de cualquier naturaleza, y por eso el Estado paga una parte del costo de las campañas. La Corte Constitucional ha dicho sobre el tema: “La razón de ser de la ayuda financiera –que es por lo tanto parcial en cuanto no puede y no debe hacerse cargo de todo el costo de la actividad política-, busca neutralizar la dependencia y servidumbre que las organizaciones políticas pueden adquirir respecto de los centros privados de poder que les prodigan su apoyo económico y pueden prevalecerse de él para derivar una malsana influencia sobre los asuntos políticos o exigir reciprocidades que deterioran la moral social y socavan la confianza en el correcto desempeño de su función representativa y mediadora, que debería inspirarse únicamente en el interés general”.

Igual pasa con la trashumancia electoral llevando personas de un municipio  a otro a votar para cambiar la decisión de los residentes en una entidad territorial, porque  si las personas portadoras de las cédulas de ciudadanía, efectivamente sufragan en municipio distinto a aquél en que residen, y sus votos son escrutados en esas elecciones locales, violan el derecho de participación de los residentes en esa circunscripción municipal, así nunca se llegue a establecer la responsabilidad penal que por incurrir en voto fraudulento, o favorecimiento de voto fraudulento, pueda corresponderles a ellas o a los empleados oficiales implicados en esa actividad ilícita. Cuando el ciudadano vende el voto, también está vendiendo su derecho a la salud, a la educación y a todos los derechos fundamentales, civiles, económicos y culturales que la Constitución le protege. Las mejores prácticas políticas son el principio fundamental de una sociedad democrática.

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