En el escrito de entrega de la Presidencia de la Corte Constitucional de Colombia el Magistrado Rojas Ríos manifestó que el 66% de las tutelas se desacata lo que pone en alto riesgo esa institución creada por la Carta de 1991. En su tiempo se dijo que era lo más novedoso que dejaba la Asamblea Nacional Constituyente para la protección de los derechos humanos. Hoy los mismos jueces afirman que los accionados en Tutelas se burlan de su cumplimiento y, al parecer, no solamente influye el miedo de los jueces a imponer las sanciones que trae el Decreto reglamentario de tal acción, sino las garantías que la ley ha creado para los infractores como la notificación personal del incidente de desacato, cosa que debería suprimirse pues el responsable de la violación recibe notificación e información de todo el trámite, incluyendo la fórmula de que si no cumple de manera inmediata la sentencia se le iniciará incidente de desacato, con sanciones de arresto hasta de seis meses y multa hasta de 20 salarios mínimos mensuales. Además, al que incumpla el fallo de tutela o el juez que incumpla las funciones que le son propias de conformidad con tal decreto incurrirá, según el caso, en fraude a resolución judicial, prevaricato por omisión o en las sanciones penales a que hubiere lugar.
Otro paso inútil es la consulta con el superior para poder imponer la sanción por desacato, lo que no se comprende si el Artículo 86 de la Constitución manda que la Sentencia es de cumplimiento inmediato. Y también por la norma reglamentaria se impone al juez de instancia tomar las medidas necesarias para que se cumpla la decisión. La figura al decir de los constituyentes era amparar a las personas de conductas lesivas de sus derechos fundamentales por parte del Estado y de los particulares. La protección debe ser inmediata y mediante una orden, por tanto, no se entiende tanta traba procesal. Por otra parte la tutela es un mecanismo de protección transitoria y cuando el afectado no disponga de otro medio de defensa judicial.
El abuso de la tutela ha llevado a que ese mecanismo pierda su trascendencia, también ha influido en su deterioro público el uso de la tutela con finalidades corruptas, como se ha conocido en estrados, para dañar negocios de grandes empresas, para ayudar a los deshonestos a apropiarse de dineros públicos, todo lo cual se ha ejecutado con tutelas pagadas, por lo cual hay hasta jueces y magistrados procesados y sentenciados. Hay que cambiar dos cosas fundamentales: el origen politiquero de la Corte cuyos titulares deben ser escogidos por concurso de méritos, sin influencia de partidos o funcionarios, y un cambio en la regulación para hacerle cumplir a la tutela su verdadera finalidad que es la protección de derechos fundamentales.
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