
La última encuesta INVAMER muestra que el 77.6% de los colombianos no nos sentimos representados por el actual Congreso. La realidad muestra que los senadores y representantes están lejos de vivir las realidades del pueblo colombiano, que necesita mejoras en sus condiciones de vida y, además, que se desarrolle la Constitución de 1991 expidiendo leyes que den vida a los derechos sociales, económicos y culturales y que se dediquen de manera positiva a la defensa de los derechos fundamentales de las personas, al cuidado de la vida, la salud, la educación y el desarrollo profesional y económico.
La inteligencia artificial dice: “Los derechos sociales, económicos y culturales, conocidos también como derechos de segunda generación, surgieron en el siglo XX, especialmente después de la Segunda Guerra Mundial, como una respuesta a las desigualdades sociales y económicas derivadas de la industrialización y las guerras. Estos derechos buscan garantizar condiciones materiales para el ejercicio de los derechos civiles y políticos, y se centran en la protección de la dignidad humana y el desarrollo integral de las personas.”
El uribismo sigue en la edad media, pues el jefe fundador y mesías del CD se comporta como un señor feudal, que cree que son más importantes los caballos y las fincas que apuntarle a la dignidad humana y al rescate de las poblaciones pobres de Colombia, ubicadas en la periferia y donde más se acrecentó la violencia, por efecto del aumento del narcotráfico en los años 80´s, cuando los carteles de la droga, encabezados por el cartel de Medellín con Pablo Escobar, aumentaron las exportaciones ilegales hacia Estados Unidos y Europa.
Con fundamento en el texto de la Constitución, y en los tratados internacionales ratificados por el Estado colombiano, la jurisprudencia constitucional ha reconocido que el derecho a la seguridad social es un derecho fundamental. No obstante el carácter fundamental que tiene el derecho a la seguridad social, es importante recordar que ésta Corporación en su jurisprudencia inicial le negó este carácter porque se trataba de un derecho prestacional cuyo desarrollo era de carácter progresivo. Sin embargo, la Corte ha precisado en su jurisprudencia más reciente que no resulta razonable separar los derechos fundamentales de los derechos económicos sociales y culturales, porque en la Constitución se les otorga el carácter de fundamentales a todos los derechos.
El derecho a la seguridad social y el derecho a la pensión de vejez son derechos fundamentales que se encuentran amparados en la Constitución y en los tratados internacionales ratificados por Colombia, incluso, pueden ser protegidos a través de la acción de tutela, cuando reúnen las características señaladas en la jurisprudencia para ser considerados como un derecho subjetivo. Uribe por su parte fue el que más atacó el valor de las pensiones de los trabajadores y fortaleció las mega pensiones, que mediante sentencia la Corte Constitucional limitó a 25 SMLM. No se puede olvidar que las pensiones con mayor valor en Colombia las tienen los excongresistas y los exmagistrados de las altas cortes.
El Congreso que tenemos, que no nos representa al 77.6% de Colombianos, no puede seguir, pues el atraso en los derechos de la persona humana se debe a que las clases poderosos representadas en el Congreso no dejan cambiar ningún derecho que traiga como consecuencia un mejoramiento en los ingresos del pueblo. Ellos afirman que se destruyen las empresas. Pero es todo lo contrario, un pueblo con ingresos altos mueve la economía a mejores cifras de prosperidad social y económica.
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