La Organización Panamericana de la Salud expresa que la Salud Universal “significa que todas las personas tengan acceso, sin discriminación, a servicios de salud integrales y de calidad (promoción, prevención, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos) cuándo y dónde los necesiten, sin enfrentar dificultades financieras para costearlos. Implica equidad, solidaridad y un enfoque en la atención primaria.” Por su parte la OMS dice que Acceso Universal es el que “garantiza que todos puedan recibir atención médica sin barreras, independientemente de su situación socioeconómica”. Pero agrega que deben darse “Servicios Integrales y de Calidad cubriendo todo el espectro de necesidades, desde atención primaria hasta cuidados paliativos. Además, enfatiza que la “Atención Primaria de Salud (APS) es la vía más eficaz y rentable para lograr la salud universal, enfocándose en la prevención y atención comunitaria”.
Con base en dichos conceptos el Presidente Gustavo Petro y su Ministro de Salud han dado la más dura batalla contra un sistema de salud que se ha convertido en negocio para los grandes capitalistas que, aprovechándose de las instituciones privadas exaltadas por gobiernos anteriores, han menospreciado la dignidad de los colombianos, ofreciendo servicios de salud costosos, basados en citas y teniendo en cuenta el estrato socioeconómico como base de la asistencia oportuna en caso de enfermedad. Ahora preguntémonos: por qué tengo que pedir una cita cuando me siento enfermo o requiero un examen de laboratorio o una radiografía para verificar mi Estado de salud? El Estado sí puede establecer dos sistemas uno privado que paguen los más pudientes y otro subsidiado para el resto de la población, es decir para el 93% de trabajadores y pobres en condiciones de debilidad manifiesta, para que acudan al servicio de salud y salven sus vidas, sin tanta artimaña, ni tanta burocratización del sistema.
Y si nos vamos a la protección que han dado las Cortes al sistema de salud leemos: “La jurisprudencia constitucional colombiana define la salud como un derecho fundamental autónomo e irrenunciable y un servicio público esencial, garantizando atención oportuna, continua e integral. La Corte Constitucional obliga a las EPS a suministrar medicamentos, procedimientos y tecnología sin barreras administrativas, especialmente para sujetos de especial protección (niños, ancianos, enfermedades ruinosas). Pero a pesar de los esfuerzos de protección internacional, los mandatos de los jueces, la salud sigue siendo un privilegio, porque los dineros de la salud se los han robado desde cuando se reguló el sistema con la ley 100 de 1993, a base de subterfugios legales y empresariales, que han dejado empresarios investigados y condenados y EPS en duda de su eficiencia, eficacia y moralidad y ética en la prestación del servicio. El primer derecho fundamental es el de la salud, sin ella la comunidad está expuesta a malformaciones y a desarrollarse en medio de enfermedades y amenazas de extinción. Este año tenemos que definir qué clase de salud tendremos: la que ofrece la derecha o la que ofrece el progresismo, la primera sin garantías y la segunda con el fin de garantizar la salud plena de toda la población colombiana.
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