LA DERECHA Y SUS ALFILES

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En una entrevista que publicó la revista Semana con el exintegrante de la Corte Constitucional Manuel José Cepeda, éste ataca la decisión del presidente Petro de convocar por Decreto la Consulta Popular y afirma: “Es la primera vez que se intenta, a sabiendas, provocar un rompimiento del orden constitucional, se insiste en producirlo, se defiende públicamente que eso está bien y se advierte que ningún juez puede impedir que ocurra el quiebre constitucional, porque el único pronunciamiento admisible es el de la Corte Constitucional que, según lo dice el propio decreto, solo puede ser posterior a la votación del pueblo. O sea, el decreto pretende suspender la aplicación de la Constitución hasta el 7 de agosto de 2025, el día de la votación.” Recordemos que el Señor Cepeda es hijo de Fernando Cepeda, padre e hijo defensores a ultranza de la derecha colombiana y que se han beneficiado de las llamadas “instituciones democráticas”, porque siempre han sido favorecidos por las mismas.

Pero no es verdad como él afirma que es la primera vez que se pretende un rompimiento del orden constitucional, cuando el primero que lo hizo fue Simón Bolívar mediante Decreto 1 de 1928. Así consideró el llamado libertador: “Después de una detenida y madura deliberación he resuelto encargarme, como desde hoy me encargo, del poder supremo de la República, que ejerceré con las denominaciones de «Libertador», «Presidente», que me han dado las leyes y los sufragios públicos; y expedir el siguiente: DECRETO ORGÁNICO. Título I. Del Poder Supremo. Artículo 1.- Al jefe supremo del Estado corresponde…” Otros que ejercieron el poder por fuera del orden constitucional fueron : Rafael Reyes, Rafael Urdaneta, José María Melo, Laureano Gómez y Gustavo Rojas Pinilla. Y otros datos históricos muestran que “el golpe de Estado en Colombia de 1867 se dio el 23 de mayo de 1867, y consistió en la toma del poder pacífica por parte del Ejército de Colombia, comandado por el general Santos Acosta, y apoyado por el partido gobernante, el Liberal.​ Fue el último golpe de Estado del siglo XIX en Colombia, si se tiene en cuenta que el de 1886 fue fraguado por el propio presidente Núñez.” Y hubo otras tomas de poder en medio de las guerras que a veces la historia no detalla, como las de Tomás Cipriano de Mosquera.

La derecha no le cuenta al país todos los atropellos cometidos en el ejercicio del poder presidencial que pueden calificarse como dictaduras, bajo el régimen de Estado de sitio, pero los rompimientos institucionales han sido moderados por los textos y por los mismo protagonistas. Ahora bien recordemos que le Artículo 218 de la Carta Política vigente antes de 1991, contenía el procedimiento para reformar la Constitución “mediante acto legislativo  discutido y aprobado por el Congreso”, Todo eso lo pisotearon y lo hicieron mediante decretos de estado de sitio y con rodilleras de las altas Cortes que aprobaron el procedimiento irregular. Pero hoy se hacen los más respetuosos de la Constitución de 1991 cuando hemos quebrantado la juridicidad no una vez, sino varias veces. Hay que leer más. La Carta de 1991 también fue un acto de exceso de poder y violaciones penales de quienes estaban al frente de las mal llamadas “instituciones democráticas”.

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