Nada ganan las mayorías pobres de Colombia, que tienen puestas sus esperanzas en la democracia y en la Constitución, cuando la democracia se ha convertido en plutocracia y los ricos hacen las leyes con el Congreso, de manera que siempre salgan favorecidos, mientras los pobres esperan reivindicaciones que nunca llegan. De igual manera la Constitución, consagrada como norma de normas es una mascarada de artículos pero sin efectos prácticos en el mejoramiento de las condiciones sociales y económicas de los pobres y desiguales. Los campesinos abandonados, los indígenas discriminados y asediados por actores violentos y las comunidades minoritarias sin posibilidades de ascenso social y económico. La Constitución tiene que marcar la pauta de acción tanto del gobierno como del Congreso, pues al fin y al cabo ambos tienen el mismo origen mediante su expresión secreta, cuando el pueblo deja en las urnas el voto, pero que no se traduce en realidades tangibles y positivas.
En efecto, la Constitución también llamada Carta Magna o Ley Fundamental, es la norma jurídica suprema y superior que fundamenta todo el ordenamiento jurídico de un Estado. Define la forma de organización política, limita los poderes públicos y reconoce los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos. Es la guía para el gobierno y el mecanismo articulador para que los poderes del Estado trabajen en armonía, sin bloqueos y artimañas propias de las mafias y no de instituciones que buscan el bien común. El pueblo quiere que mediante una Asamblea Nacional Constituyente esos caminos se abran y dejen la vía expedita para que cada uno según las leyes pueda alcanzar un nivel de vida aceptable, donde los derechos sean efectivos y eficaces y donde la paz, sea derecho y deber de cada uno y de todos. Que se acabe el guerrerismo y la violencia venga de donde viniere y que todo aquel que se nutra de la corrupción, sea sancionado con la mayor severidad, a través de juicios rápidos y con participación de jurados, como se hace en otros países desarrollados.
Alguna norma de la Carta debe decir que todo lo que se recaude mediante impuestos, tarifas, tasas o contribuciones, con base en la constitución o la ley son recursos públicos. Que dichos recursos debe manejarlos de manera exclusiva el Estado y que ninguna parte del dinero público puede estar en manos de particulares, salvo aquellas apropiaciones que se entreguen como pago de contratos, convenios o acuerdos conforme a la ley, para la ejecución de obras, o pago de bienes y/o servicios. La justicia tiene que entrar en una verdadera meritocracia, de manera que todo concurso público sea vigilado y controlado por organismos autónomos, que eviten la politiquería y la manipulación de los togados. Los resultados serán revisados en audiencias públicas, donde se permitan las veedurías y la intervención abierta de la prensa, para que todo escándalo frente a hechos de inmoralidad, sea investigado y fallado, verdad sabida y buena fe guardada, con plazo máximo de un año. Solo por vía de excepción habrá una instancia superior que revise los casos donde se haya violado el principio de presunción de inocencia o el debido proceso de manera flagrante. El condenado podrá regresar al servicio público cumpliendo las reglas que señale la ley. Si el pueblo escoge en las urnas el pueblo tiene que poner las condiciones, sobre el modelo de Estado y la forma de vida jurídica, social y económica que desea.
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